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domingo, 17 de abril de 2022

Autos colectivos están obligados a contar con un seguro contra accidentes de tránsito

El MTC reafirma su compromiso de velar por la seguridad de pasajeros, peatones y conductores. Reglamento busca desterrar la informalidad en el servicio

Fotos: MTC

MTC

17 de abril de 2022 - 8:34 a. m.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo, ha establecido de manera obligatoria que los vehículos que brinden el servicio cuenten con un seguro contra accidentes de tránsito para garantizar la seguridad tanto de los pasajeros y los conductores como de los peatones.

Así lo estipula la norma en el artículo 10, donde se detalla que los transportistas autorizados deben tener vigente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT).

Con el objetivo de salvaguardar la integridad de las personas, también se exige que las unidades cuenten con el Certificado de Inspección Vehicular vigente y que se sometan a inspecciones complementarias de manera semestral, lo cual garantizará que el vehículo se encuentre en condiciones óptimas para trasladar personas.

Sumado a ello, está prohibido que los autos sedán, station wagon, minibuses o microbuses tengan neumáticos reencauchados en los ejes direccionales delanteros. Asimismo, deben instalar obligatoriamente láminas retrorreflectivas, cinturones de seguridad en los asientos del conductor, copiloto y de los pasajeros.

Además, es necesario que lleven extintores de fuego, un neumático de repuesto y botiquín de primeros auxilios. Por otro lado, está terminantemente prohibido que el vehículo circule con pasajeros parados.

Para reforzar aún más la seguridad en la prestación del servicio de colectivo, el MTC ha dispuesto que la edad máxima para conducir será hasta los 80 años. Además, los choferes, a partir de los 65 años, deben rendir y aprobar exámenes médicos con frecuencia semestrales para verificar que se encuentran en buen estado físico y psicológico.

Otra medida establecida en el reglamento es que los conductores deben poseer una licencia de conducir profesional. Para el caso de los vehículos de categoría M1 (sedán y station wagon), se debe tener el brevete A-IIA; y para los vehículos M2 (minibuses y microbuses), es obligatorio el brevete A-IIB.

https://www.gob.pe/institucion/mtc/noticias/600232-autos-colectivos-estan-obligados-a-contar-con-un-seguro-contra-accidentes-de-transito

viernes, 13 de diciembre de 2019

Usar cinturón de seguridad en asientos posteriores de vehículos es obligatorio

Usar cinturón de seguridad en los asientos posteriores de un vehículo puede ser la diferencia entre la vida y la muerte. Foto: Internet/medios.
Usar cinturón de seguridad en los asientos posteriores de un vehículo puede ser la diferencia entre la vida y la muerte. Foto: Internet/medios.
04:30 | Lima, feb. 12.
El uso del cinturón de seguridad en todos los asientos de un vehículo es una obligación que de no acatarse implica una sanción económica, recordó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

“Esta es una norma que no se considera, pese a que su incumplimiento constituye una infracción de tránsito que se castiga con una multa de 336 soles”, señaló a la Agencia Andina Andrés Flores, capacitador de conductores del Consejo Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Flores detalló que se trata de una falta considerada grave atribuida al conductor del vehículo, quien acumulará 20 puntos en contra en su récord.

Anotó que actualmente los choferes se preocupan de usar el cinturón y de que también lo haga quien viaja como su copiloto, pero no las personas que van en los asientos posteriores.

“Además, solo se sanciona cuando no utilizan el cinturón quienes van adelante, pero nadie se fija en los asientos posteriores”, afirmó, para añadir que se necesita mayor fiscalización por parte de la policía.

"Tenemos que reforzar, dijo, con más campañas, más papeletas educativas como se hizo cuando recién se dispuso la obligación del uso del cinturón, cuya finalidad es reducir la afectación a las personas por los accidentes de tránsito.

“Fueron meses continuos de campaña intensa y así se logró crear conciencia de lo importante que es esta medida de seguridad para salvar vidas”.


Sobre el tema, el gerente general de la fundación Transitemos, Alfonso Flórez, comentó que la obligación del empleo de cinturones en los asientos posteriores es una norma establecida como muchas otras que no se cumplen ni se fiscalizan. 

“Nadie fiscaliza y entonces surge la ley propia del 'hago lo que me da la gana'”, expresó y recordó que la norma rige también para el transporte interprovincial de pasajeros.

La policía, prosiguió,  debería estar aplicando las papeletas en estos casos, pero lamentablemente está más ocupada en dirigir el tránsito, en vez de dejar que los semáforos lo hagan.

Según la Organización Mundial de la Salud, el uso del cinturón de seguridad disminuye entre un 40 % y un 50 % el riesgo de muerte de los ocupantes delanteros de un vehículo, y entre un 25 % y un 75 % el de los ocupantes de asientos posteriores.

https://andina.pe/agencia/noticia-usar-cinturon-seguridad-asientos-posteriores-vehiculos-es-obligatorio-738758.aspx