Mostrando entradas con la etiqueta Vehículos de Movilidad Personal Eléctricos (VMP). Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Vehículos de Movilidad Personal Eléctricos (VMP). Mostrar todas las entradas

viernes, 5 de diciembre de 2025

Boom eléctrico en Lima: casi 100 000 vehículos de este tipo circulan ya en la capital

🔴 642 soles es la multa más alta para quienes usen scooters o motos eléctricas fuera del reglamento. En medio del tráfico intenso y el aumento de ventas por fin de año, estos vehículos menores se multiplican, pero muchos circulan sin placa, sin SOAT y superando el límite de 25 kilómetros por hora. El gremio automotor plantea ajustes técnicos para identificarlos desde Aduanas, mientras exigen mayor fiscalización para los cerca de 100 000 que transitan hoy en Lima.


martes, 16 de agosto de 2022

Aplicación de multas por excesos de velocidad: ¿cómo lograr su fiscalización?

Desde el lunes 15 de agosto se ha comenzado a aplicar multas por exceder los nuevos límites de velocidad de parte de los medios de transporte. Para hablar sobre ello entrevistamos a Luis Quispe Candia, presidente de ONG Luz Ámbar, quién analiza las nuevas normas y sanciones.


sábado, 16 de julio de 2022

Scooters y monociclos eléctricos están prohibidos de circular en una vía expresa

Sepa cuáles son las multas por transitar con estos vehículos de movilidad personal en vías rápidas.

Fotos: MTC

MTC

16 de julio de 2022 - 11:42 a. m.

Conducir un vehículo de movilidad personal como scooters y monociclos eléctricos en lugares no permitidos, como una vía expresa o una acera, es considerado como una falta en el Reglamento de Circulación para Vehículos de Movilidad Personal, la cual se sanciona con una multa equivalente al 2% de una UIT (S/4600), es decir S/92.

La norma señala que en el caso de que la calzada o ciclovía se encuentra obstaculizada o bloqueada de forma tal que su tránsito resulte imposible, el conductor del scooters o monociclo debe descender del vehículo y desplazarse a pie por la vereda llevando su unidad.

El desplazamiento con estos vehículos debe realizarse siempre por el lado derecho de la calzada o, en su defecto, por el carril más cercano a la acera.

El conductor tiene preferencia de paso respecto a vehículos automotores. 

Asimismo, el reglamento prohíbe la conducción de estos medios de transporte con la ingesta de más de 0.5 gramos por litro de alcohol en la sangre, o bajo los efectos de estupefacientes y alucinógenos.

De infringir esta norma el usuario será multado con el 8 % de una UIT que equivale a S/ 352.  

También hay sanciones si se circula realizando maniobras temerarias o se transita sin el equipamiento respectivo.

El reglamento establece el equipamiento básico para el conductor: utilizar el casco durante todo el trayecto y una prenda retrorreflectante para uso nocturno.

Además, mientras el conductor esté manejando no debe hacer uso de ningún dispositivo móvil u objeto portátil con las manos.

https://www.gob.pe/institucion/mtc/noticias/632284-scooters-y-monociclos-electricos-estan-prohibidos-de-circular-en-una-via-expresa