viernes, 28 de julio de 2023

Decreto Supremo obliga a exchanges de Bitcoin a cumplir normas antilavado en Perú

La normativa establece que los proveedores de servicios con criptomonedas deben reportar información a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú.

Hechos clave:
  • Exchanges deberán cumplir las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
  • La nueva normativa fue publicada en el diario oficial y entra en vigencia desde este 27 de julio.

Un nuevo decreto emanado de la Presidencia del Perú este 27 de julio incluye a los exchanges de criptomonedas que operan en el país en el grupo de entidades obligadas a cumplir normas antilavado de dinero.  

Tal como publica el Diario Oficial El Peruano, la normativa establece que a partir de esta fecha los proveedores de servicios con activos virtuales deberán ofrecer información a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú), ente encargado de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información para la detección del lavado de activos (LA) y/o del financiamiento del terrorismo (FT).

La norma define a los “Proveedores de Servicios de Activos Virtuales” como aquellos individuos o empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, domiciliadas o constituidas en el país, que no se encuentren contemplados en otras recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI). Se señalan específicamente los negocios que realizan una o más de las siguientes actividades

  • Intercambio entre activos virtuales y monedas fíat o de curso legal 
  • Intercambio entre diferentes formas de activos virtuales. 
  • Transferencia de activos virtuales. 
  • Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre ellos. 
  • Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta o venta de un activo virtual. 

Es así como, de acuerdo al decreto presidencial, el objetivo es obligar a los exchanges de bitcoin (BTC) y otras criptomonedas a cumplir con las recomendaciones establecidas por el GAFI, dentro de las cuales se incluye la llamada “regla de viaje”. 

La idea es “abordar las preocupaciones relacionadas con el lavado de activos digitales y el financiamiento del terrorismo ligadas a las operaciones con criptomonedas”, tal como se acota en el Decreto. En consecuencia, las plataformas de criptomonedas deberán, entre otras acciones, aplicar normas KYC (conoce tu cliente), recopilando y compartiendo datos de sus clientes. 

Se espera ahora que la Unidad de Inteligencia Financiera emita, en los próximos días, lineamientos más específicos en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo para los exchanges de criptomonedas que funcionan en el país andino. 

El decreto se publica en un contexto en el cual las autoridades peruanas han manifestado sus intenciones de regular el ecosistema de criptomonedas. Tal como informó CriptoNoticias el pasado 25 de junio, la Comisión de Economía del Congreso aprobó una propuesta presentada por el congresista José Luis Elías Ávalos.  

Sin embargo, el proyecto de ley, que está en espera de su discusión en plenaria, ha sido cuestionado por miembros del sector.   

La Asociación Blockchain & DLT de Perú (ABPE), una comunidad integrada por profesionales y entusiastas que promueven la adopción de bitcoin, asegura que la propuesta se elaboró sin su participación y de espaladas a la comunidad peruana. Por ello solicitan al Congreso la apertura de un debate con miembros del ecosistema.

https://www.criptonoticias.com/regulacion/decreto-supremo-obliga-exchanges-bitcoin-cumplir-normas-antilavado-peru/

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