Dicha operación fue aprobada el 31 de diciembre del 2008, pero ahora la CAF, con la finalidad de adecuarse a las necesidades de sus países miembros, ha facilitado la operación de solicitar “Operaciones de Manejo de Deuda”.
Esta operación incluye la opción de conversión de moneda, de una moneda aprobada a otra o viceversa, así como la conversión de tasa de interés, de una tasa variable a una fija o viceversa, sobre una porción equivalente al menos a una cuota de amortización o la totalidad del saldo insoluto del préstamo.
El MEF consideró conveniente incorporar las ciadas opciones de conversión de moneda y de tasa de interés que forman parte de las “Operaciones de Manejo de Deuda” en la operación de endeudamiento externo aprobada por decreto supremo.
Además, se ha estimado pertinente autorizar al MEF para que ejerza la opción de conversión de moneda y de conversión de tasa de interés en la operación de endeudamiento externo.
Para tal fin, el director general de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público del MEF está facultado para suscribir, en representación de Perú, las instrucciones de conversión así como toda la documentación que se requiera para implementar las referidas opciones de conversión de moneda y conversión de tasa de interés.
(FIN) JPC/JPC
Andina
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