Así lo recomendó la Contraloría General de la República que precisó que el
referido puente, en el sentido norte-sur (lado oeste) colapsó en julio
pasado debido al paso de un camión que superó el peso permitido para
dicha infraestructura.
También recomendó al MTC y a Ositran realizar la evaluación técnica del viaducto gemelo sentido sur-norte (lado este) para determinar su operatividad y seguridad.
Tras
revisar la información recabada y realizar una inspección técnica a los
puentes, obras integrantes de la concesión del tramo vial “Puente
Pucusana–Cerro Azul–Ica (Red Vial 6)”, La Contraloría basa su
recomendación en que el contrato de concesión establece que la
concesionaria está obligada a contratar una póliza de estabilidad de
obra (o póliza de Obras Civiles Terminadas OCT), cuya suma asegurada
deberá ser por demás suficiente para hacer frente a cualquier siniestro
que pudiese ocurrir.
Asimismo, el contrato establece que
durante la vigencia de la concesión, la concesionaria será responsable
de la correcta ejecución de los proyectos y de las obras, sin perjuicio
de las funciones de dirección y control que corresponde al concedente
(MTC) o al regulador (Ositran).
Durante la inspección física realizada el 18 de julio último, expertos
de La Contraloría detectaron en el caso del puente colapsado fallas en
la superestructura, conformada por las vigas longitudinales, el tablero y
las vigas del arco; fallas de los tensores verticales cuyos cables de
tensión se desprendieron de las cuñas propias del sistema, así como
presencia de resanes en diversos elementos del puente como en las vigas
de tablero y en los tensores que unen el arco de concreto con el
tablero.
En el caso del puente gemelo
existente se identificaron fisuras y tratamiento de grietas en la viga
longitudinal y en el tablero del puente con características similares a
las del viaducto colapsado, situación que pone en riesgo su adecuada
operación y seguridad.
La Contraloría recomendó
además disponer acciones de monitoreo y seguimiento para optimizar los
procesos de fiscalización y supervisión al cumplimiento de las
obligaciones establecidas en los contratos de concesión, que incluyen la
correcta ejecución de las obras e identificar oportunamente posibles
defectos durante su funcionamiento.
Acción simultánea
Por su parte, el Órgano
de Control Institucional (OCI) del Ositran, en una acción simultánea,
detectó deficiencias en la elaboración y revisión del estudio de
ingeniería de los puentes Topará y Tambo de Mora, lo que genera el
riesgo de que haya sucedido lo mismo con otras infraestructuras que forman parte del Proyecto de la Red Vial N° 6, por lo que es urgente que la ingeniería de la misma sea revisada en detalle.
Asimismo, se
detectó que no se contó con un coordinador in situ, designado por la
Gerencia de Supervisión de Ositran, durante las labores de construcción
del puente colapsado, lo que genera el riesgo de que no se hiciera un adecuado seguimiento a las labores del supervisor de obra.
Se detectó la existencia
de fallas estructurales anteriores, las cuales no fueron comunicadas
con claridad por el concesionario, por lo que el OCI recomendó que la
Gerencia de Supervisión y Fiscalización de Ositran evalúe la procedencia
de sancionar al concesionario debido al sesgo en la información respecto a las fallas estructurales del puente.
También se identificó que Ositran,
a través de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, no realizó
oportunamente las gestiones para evaluar las causas que originaron el
colapso del viaducto, habiéndose iniciado la evaluación del colapso del
puente dos meses después lo que genera el riesgo de que la entidad solo
cuente con la evaluación de la caída del puente realizada por el propio
concesionario y que la evaluación realizada por la Entidad sea
limitada toda vez que la estructura ya ha sido demolida y eliminados sus
restos.
Además, se deben verificar los
métodos y procedimientos de inspección de puentes que realiza el
concesionario, exigiéndole que en su calidad de ente gestor de la
infraestructura vial, cumpla con la normativa nacional sobre esta
materia.
Las recomendaciones
formuladas por La Contraloría tienen por finalidad resguardar los
intereses del Estado, cautelar el tránsito normal de la vía
concesionada; así como preservar la seguridad de la propiedad y de las
personas que pudieran verse afectadas por deficiencias constructivas,
falta o inadecuado mantenimiento del estado de la vía.
http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-recomiendan-concesionaria-reponga-colapsado-puente-topara-580286.aspx
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